El suministro de energía eléctrica y gas natural está marcado por una fuerte subida de precios, especialmente durante el último año, que ha afectado a la totalidad de hogares y empresas, si bien son los consumidores más vulnerables los que mayores dificultades afrontan a la hora de pagar las facturas de luz y gas, cada vez más costosas. Con la finalidad de proteger a los hogares más vulnerables de una situación de pobreza energética, el mercado regulado ha ido introduciendo distintas medidas de contención y recursos para aplicar descuentos y beneficios en consumidores que reúnan los requisitos de acceso a estas ayudas.
Entre estos recursos se encuentra el Bono Social Térmico que fue creado mediante el Real-Decreto Ley 15/2018, de 15 de octubre y se trata de una ayuda directa consistente en un pago único al año de cuantía variable para hacer frente a los gastos de calefacción, cocina y agua caliente, con independencia del sistema de calefacción que se tenga (gas, eléctrico, etc.).
Cada ejercicio anual, serán beneficiarios del Bono Social Térmico aquellos consumidores vulnerables que ya tengan reconocido al Bono Social de Electricidad. Así, para beneficiarse de esta ayuda habrá que cumplir los requisitos exigidos para el Bono Social Eléctrico, que son los siguientes:
- Tener contratada la tarifa PVPC del mercado regulado y una potencia eléctrica igual o inferior a 10 kWh. Los clientes del mercado libre no podrán solicitar la concesión de estas ayudas.
- Renta mínima, fijada conforme al IPREM. En función de los umbrales de renta de la unidad familiar, se tendrá la consideración de consumidor vulnerable o de consumidor vulnerable severo, categorías que se benefician de distintos porcentajes de descuento mayores cuanto menor sean los ingresos anuales del solicitante. En una última categoría se encuentran los consumidores en riesgo de exclusión social que estén siendo atendidos por los servicios sociales competentes.
- Circunstancias especiales. La regulación de estos recursos contempla la concurrencia de determinadas circunstancias cuya acreditación favorece la obtención de la ayuda:
- Familias numerosas, en todos los casos. En función del número de menores a cargo de la familia los requisitos de renta se rebajan proporcionalmente.
- Familias monoparentales integradas por un progenitor y, al menos, un menor de edad.
- Pensionistas que cobren la pensión mínima, ya sea por jubilación o por incapacidad permanente.
- Personas con una discapacidad de, al menos, un 33 % y personas con dependencia reconocida de grado II y III.
- Víctimas de violencia de género.
- Víctimas de terrorismo.
El importe de la ayuda a recibir para los beneficiarios del bono social de calefacción se decide cada año por el Gobierno y su pago se realiza en el primer trimestre mediante abono en la misma cuenta bancaria en la que se tenga domiciliada la factura de luz. La distribución de estas ayudas corresponde a las Comunidades Autónomas y la cuantía estará en función del grado de vulnerabilidad de la persona beneficiaria y de la zona climática en la que se ubique su vivienda.
Entre las últimas medidas urgentes de protección de consumidores vulnerables aprobadas por el Gobierno a instancia del Ministerio para la Transición Ecológica, en el Real Decreto 23/2021, de 26 de octubre, el Gobierno aprobó un cheque adicional de 90 € por unidad doméstica para cubrir los gastos de calefacción de las personas que ya están acogidas al Bono Social Térmico. Este cheque está disponible desde el pasado mes de diciembre.
Para obtener estas ayudas, hay que solicitar el Bono Social Eléctrico ante alguna de las comercializadoras autorizadas del mercado regulado a quienes corresponde tramitar las solicitudes de forma gratuita y, en su caso, comunicar la concesión del Bono Social de Electricidad que ya llevará incluido el Bono Social Térmico. En caso de que la solicitud sea rechazada por no cumplir los requisitos que dan lugar al reconocimiento de la ayuda habrá que elegir entre alguna de las tarifas existentes. En el mercado libre hay una amplia oferta de planes, tanto de facturación a precio fijo o indexado por consumo, como atendiendo al precio variable de la discriminación horaria por lo que es recomendable consultar algún comparador de tarifas, así como informarse previamente de las condiciones de una tarifa antes de contratarla puesto que, en algunos casos, hay comercializadoras que incluyen opciones para flexibilizar pagos e, incluso, periodos de carencia para el abono de facturas pendientes o pólizas de seguro que cubren situaciones de impago por circunstancias eventuales. La elección de la tarifa más adecuada a los hábitos y necesidades de consumo es una de las medidas más eficaces para ahorrar gas en el hogar.